Ribera promete cobertura legal a municipios contra pisos turísticos

Jordi Bofill Mombrú2 min read6 oct 2026, 0:00hace 2 semanas
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Ribera promete cobertura legal a municipios contra pisos turísticos

La ministra Teresa Ribera anuncia que el Gobierno dará cobertura jurídica a los ayuntamientos para limitar la vivienda turística en zonas tensionadas.

La vicepresidenta Teresa Ribera ha prometido que el Gobierno "dará cobertura legal" a los municipios que quieran limitar la vivienda turística, según declaraciones publicadas hoy, 6 de octubre de 2026, por La Vanguardia. La ministra se apoya en el principio de subsidiariedad y defiende restricciones "razonables y proporcionadas" en las zonas de mercado residencial tensionado.

El anuncio no supone una prohibición estatal general de los pisos turísticos. Se trata de dar amparo jurídico para que cada ayuntamiento decida, mediante su planeamiento, qué límites aplica en su territorio.

El recargo del IBI ya está en vigor

La medida con efecto más inmediato es fiscal. El Real Decreto-ley 26/2026, aprobado el 29 de septiembre y publicado en el BOE el 30 de septiembre, permite a los municipios con zonas tensionadas aplicar un recargo de hasta el 50% del IBI a los inmuebles residenciales destinados a alojamiento turístico.

El recargo escala según el número de inmuebles del titular: puede llegar al 100% con dos o más viviendas y al 150% con cuatro o más.

Canarias, el ejemplo más avanzado

Algunas comunidades ya cuentan con límites estructurales. La Ley 6/2025 de Canarias, de 10 de diciembre de 2025, obliga a reservar al menos el 90% de la edificabilidad residencial para uso exclusivamente residencial. Además, la capacidad alojativa turística no puede superar el 10% de los habitantes del núcleo de población, porcentaje que sube al 20% en El Hierro, La Gomera, La Palma y los municipios de reto demográfico.

El marco autonómico canario también permite a las entidades locales fijar limitaciones urbanísticas por razones imperiosas de interés general, siempre que estén justificadas y sean proporcionales. Entre ellas figura un máximo de viviendas de uso turístico por edificio, sector, ámbito, período, área o zona.

Otro cambio fiscal en el calendario

A estas medidas se suma la nueva fiscalidad sobre alquileres de corta duración, de hasta 30 noches, con IVA del 10%. Entrará en vigor el 1 de diciembre de 2026, según la prensa económica.

¿Qué significa esto para los propietarios?

Quien explota una vivienda turística en un municipio tensionado afronta un doble riesgo: más coste fiscal por el recargo del IBI, sobre todo con varios inmuebles, y posibles limitaciones urbanísticas si el ayuntamiento activa esta cobertura. El impacto será desigual según la comunidad y el municipio, por lo que conviene revisar el planeamiento local y la situación de cada inmueble.

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