Cataluña multará con hasta 90.000 € a grandes tenedores

El Govern de Cataluña endurece la vigilancia sobre los grandes tenedores de vivienda con multas de hasta 90.000 euros por no aportar datos que la Administración ya tiene.
El Govern de la Generalitat de Cataluña ha advertido de que sancionará con multas de hasta 90.000 euros a los grandes tenedores de vivienda que no faciliten información que la propia Administración ya posee, según ha publicado El Mundo el 11 de septiembre de 2026. La medida se enmarca en un proyecto de decreto que refuerza el registro y la comunicación obligatoria de este colectivo.
El régimen sancionador vigente, basado en la Ley 18/2007 del derecho a la vivienda, contempla tres niveles de infracción: leves de 3.000 a 9.000 euros, graves de 9.001 a 90.000 euros y muy graves de 90.001 a 900.000 euros. La obligación de comunicar datos afecta a propietarios con más de 5 viviendas en zona tensionada o más de 10 en zona no tensionada.
La novedad no es la existencia de estas sanciones, sino su aplicación efectiva. La Generalitat ya impuso este año tres multas de 30.000 euros a grandes tenedores por incumplimientos de la Ley de Vivienda, según informó El País el 3 de julio de 2026 y confirmó el diario Ara la misma semana. El Mundo ya había adelantado en febrero el despliegue del registro y las primeras sanciones.
Qué obligaciones concretas exige el Govern
El proyecto de decreto vincula las multas a la falta de inscripción o comunicación en el registro de grandes tenedores, incluso cuando la Administración ya cuenta con esos datos por otras vías. Según recogió Crónica Global en marzo, no inscribirse en plazo puede acarrear sanciones de hasta 90.000 euros, un extremo que también detalló APD Girona en la misma fecha.
El foco sancionador alcanza no solo a quienes omiten el registro, sino también a quienes aportan la información fuera de plazo o de forma incompleta, especialmente en lo relativo a alquiler social y viviendas situadas en zonas tensionadas. CAFBL ya advertía en mayo de 2025 de que la comunicación de la condición de gran tenedor era exigible y sancionable si no se cumplía correctamente.
¿Qué significa esto para los propietarios?
Los propietarios y sociedades que superen los umbrales de gran tenedor deben verificar si están obligados a inscribirse o comunicar datos en Cataluña y hacerlo dentro de plazo. Las multas ya aplicadas demuestran que la Generalitat no se limita a anunciar la norma, sino que abre expedientes reales. Ignorar el trámite, aunque la Administración ya disponga de la información, puede suponer sanciones graves de hasta 90.000 euros.
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